Junta de Calificaciones y Clasificaciones informa que se llevarán a cabo las Inscripciones Ordinarias on line para el listado de Orden de Mérito Período 2026 a partir del 17 de junio hasta el 17 de julio de 2025.
Los requisitos para efectuar la misma son los previstos en la Ordenanza N°6452, que a continuación se detallan:
EDAD MÁXIMA DE 40 AÑOS para ingreso (según NUEVA ORDENANZA Nº 6452/25) Inscripciones Anuales Ordinarias Para interinatos y suplencias para la cobertura de cargos de maestra de sección, Profesores de Educación Musical y Profesores de Educación Física.
Desde el 15 de Junio al 15 de Julio de cada año, o el primer lunes siguiente al 15 de Junio.
DESCARGABLES
La Junta de Calificaciones y Clasificaciones informa a los docentes aspirantes a cargos interinos y suplentes en los jardines de infantes, que el Apto Físico, requisito indispensable, al momento de optar un cargo, tendrá una validez de 2 (dos) años, según lo acordado entre la oficina de Personal, Reconocimiento Médico y la Secretaria de Coordinación de Gabinete.
Para más información, comunicarse mediante correo a juntacyc@santiagociudad.gov.ar, o al teléfono 450-4489
Para interinatos y suplencias para la cobertura de cargos de maestra de sección, Profesores de Educación Musical y Profesores de Educación Física.
Desde el 15 de Septiembre al 15 de Octubre de cada año, o el primer lunes siguiente al 15 de Septiembre.
Para interinatos y suplencias para la cobertura de cargos de maestras de sección, profesores de Educación musical y profesores de Educación Física, y solo para aquellos casos en que el docente que se inscriba haya concluido su carrera en fecha posterior al llamado ordinario.
Desde el 15 de Abril al 30 de Abril de cada año.
Desde el 1 al 30 de Diciembre de cada año.
Este Organismo está facultado por el Estatuto del Personal Docente municipal, a organizar concursos de antecedentes y oposición para la cobertura de cargos vacantes para maestras de sección, profesores de Educación musical y profesores de Educación Física. Y para la cobertura de cargos vacantes, en el caso de los ascensos a nivel directivo.
Art.59: Todas las vacantes producidas semestralmente, se destinarán según el orden de prelación que a continuación se establece:
Legislación vigente: estatuto del personal docente municipal, Ordenanza Nº 547/75 y 1649/88 y modificatorias, además del Reglamento interno de la Junta de Calificaciones y Clasificaciones.